Centro homologado por el Ministerio del Interior por resolución del 22 de Enero de 2013 Número de centro: 1119
Centro homologado Nº 1119

Escolta Privado

Formación Previa Especializada

399 €

60 HORAS

SEMIPRESENCIAL

TIP ESCOLTA PRIVADO

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¿Cómo son las pruebas?

Los aspirantes a escolta privado realizarán las pruebas que a continuación se relacionan que tendrán carácter eliminatorio; si bien, estarán exentos de realizar la prueba de aptitud física y el primer cuestionario de la prueba de conocimientos teórico-prácticos, aquellos aspirantes que ya sean vigilantes de seguridad.

a) Primera prueba (De aptitud física).

Consistirá en la realización de los ejercicios que se describen en el Apéndice I, debiendo igualar o superar las marcas e igualar o reducir los tiempos establecidos en el mismo, teniendo en cuenta que la no superación de algún ejercicio supondrá su eliminación. La calificación de esta prueba será de «Apto» o «No apto».

Para la realización de la prueba, los aspirantes deberán presentarse provistos de atuendo deportivo, y entregar al Tribunal un certificado médico expedido dentro del período de tiempo comprendido entre la fecha de comienzo del plazo de presentación de instancias de la correspondiente convocatoria y el día de realización de las citadas pruebas de aptitud física, en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las referidas pruebas deportivas. La no presentación de dicho certificado supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo.

La ejecución de esta prueba será pública, y no se permitirá su grabación por medio audiovisual alguno que pudiera afectar a la seguridad, al derecho a la intimidad personal y a la propia imagen de los participantes, miembros del Tribunal o colaboradores en la misma.

b) Segunda prueba (De conocimientos teórico-prácticos).

Consistirá en la contestación por escrito a dos cuestionarios de preguntas (estarán exentos de la realización del primer cuestionario aquellos aspirantes que ya sean Vigilantes de Seguridad):

Primer cuestionario: Realizarán una prueba de conocimientos teórico-prácticos, debiendo contestar, en cincuenta minutos, un cuestionario de cien preguntas, con un enunciado y tres alternativas de respuestas de las que solo una es verdadera, ajustadas al programa que se acompaña como Apéndice II (estarán exentos de su realización los opositores que ya sean vigilantes de seguridad). Los errores penalizan conforme a la fórmula siguiente: A – (E/ (n-1)), siendo «A» el número de aciertos, «E» el de errores y «n» número de alternativas de respuesta.

Segundo cuestionario: Realizarán una prueba de conocimientos teórico-prácticos, debiendo contestar, en quince minutos, un cuestionario de veinticinco preguntas, con un enunciado y tres alternativas de respuestas de las que solo una es verdadera, ajustadas al programa que se acompaña como Apéndice III. Los errores penalizan conforme a la fórmula siguiente: A – (E/ (n-1)), siendo «A» el número de aciertos, «E» el de errores y «n» número de alternativas de respuesta.

Cada una de estos cuestionarios tendrá carácter eliminatorio, debiendo superar, en su caso, el primer cuestionario para que sea calificado el segundo. Estas pruebas de conocimientos teórico-prácticos, se calificarán de cero a diez puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de cinco en cada una de ellas para aprobar.

Los aspirantes dispondrán de un plazo de tres días naturales, contados a partir del día siguiente al de realización de estas pruebas, para impugnar cualquiera de las preguntas integrantes de los distintos cuestionarios de conocimientos, a través del correo electrónico: secretariaprocesos.dfp@policia.es.

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    1. Ser mayor de edad.
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    3. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Técnico, u otros equivalentes a efectos profesionales, o superiores.
    4. Poseer la aptitud psicofísica a tenor de lo dispuesto al efecto en el Real Decreto 2487/1998, de 20 de noviembre, por el que se regula la acreditación de la aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada, excepto para el personal en activo que ejerza funciones de seguridad pública o privada.
    5. Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
    6. No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, del secreto de las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores a la solicitud.
    7. No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores por infracción grave o muy grave, respectivamente, en materia de seguridad privada.
    8. No haber sido separado del servicio en las Fuerzas Armadas o en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad españolas o del país de su nacionalidad o procedencia en los dos años anteriores.
    9. Poseer el diploma o certificación acreditativa de haber superado el curso o cursos correspondientes en los centros de formación de seguridad privada autorizados por la Secretaría de Estado de Seguridad.
    10. Estatura mínima de 1,70 metros los hombres y 1,65 metros las mujeres