Estimados aspirantes a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, ayer, día 2 de Mayo de 2018, se publicó la convocatoria de oposiciones de guardia civil.
En el enlace anterior encontrarás la información para poder inscribirse al examen y poder optar a esas 2030 plazas ofertadas.
A partir de la fecha de publicación hay 15 días hábiles para realizar dicha inscripción. Desde nuestro hemos querido facilitarte la inscripción indicándote algunos aspectos clave.
Requisitos
Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
- Poseer la nacionalidad española.
- No estar privado de los derechos civiles.
- Carecer de antecedentes penales.
- No hallarse incurso en algún procedimiento judicial por delito doloso como procesado, investigado judicialmente o acusado con declaración de apertura de juicio oral correspondiente.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
- Tener cumplidos 18 años de edad en el año de la convocatoria.
- No tener cumplida ni cumplir durante el año de la convocatoria la edad de 41 años.
- Poseer la aptitud psicofísica necesaria, que será acreditada mediante de la superación de las pruebas que determina la Orden del Ministerio de la Presidencia de 9 de abril de 1996 y sus modificaciones, con excepción de los ejercicios físicos que se realizarán de acuerdo con los criterios, orden y marcas establecidos en el Apéndice II de la presente convocatoria.
- Estar en posesión de los requisitos de acceso requeridos en el Sistema Educativo Español para acceder a las enseñanzas conducentes a ciclos formativos de FP de Grado Medio:
- Estar en posesión del título de Graduado en ESO o de un nivel académico superior.
- Haber superado los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial. (PCPI)
- Haber superado el curso de formación específico para el acceso a ciclos la prueba de acceso de acceso a ciclos formativos de grado medio en centros públicos o privados autorizados por la Administración educativa.
- Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio o de grado superior, o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
- Algunas de las titulaciones contempladas en el artículo 18 del Real Decreto 1147/20111, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
- No haber causado baja en un centro docente por las razones establecidas en los párrafos c) y d) del artículo 71.2, de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar o en los párrafos d) y e), del artículo 48.1, de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre.
- No haber causado baja en un centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, por no superar, dentro de los plazos fijados, las pruebas y materias previstas en los planes de estudios correspondientes.
- No haberse resuelto su compromiso como militar de tropa y marinería como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales, por imposición de sanción disciplinaria extraordinaria de separación de servicio por aplicación de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, o por la imposición de sanción disciplinaria de resolución de compromiso, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
- Adquirir el compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas.
- Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B, o en condiciones de obtenerlo en el plazo de presentación de solicitudes.
- Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, Autoridades o virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Guardia Civil en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Asimismo, tampoco se permiten los tatuajes, argollas, espigas e inserciones, automutilaciones o similares que puedan ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes de uso general del Cuerpo de la Guardia Civil cuya denominación, composición y utilización se recogen en la Orden General nº 12 de 28 de diciembre de 2009 («Boletín Oficial de la Guardia Civil» nº 1, de 12 de enero de 2010) y en la Orden INT/77/2014, de 22 de enero, por la que se regula el uso general del uniforme del Cuerpo de la Guardia Civil y sus modificaciones posteriores.
Procedimiento de inscripción
La solicitud de admisión a este proceso se realizará preferentemente a través del siguiente procedimiento:
- a) A través de la sede electrónica de la Guardia Civil, https://sede.guardiacivil.gob.es/, seleccionando el procedimiento de «Solicitud de Ingreso en la Escala de Cabos y Guardias» en la modalidad que corresponda según el pago de tasas (sin reducción, con bonificación o exención). Los interesados deberán seguir los pasos e instrucciones que la sede les vaya indicando.
- Esta opción permite:
– La inscripción íntegramente electrónica.
– Pago de tasas.
– Firma electrónica de la solicitud.
– Obtención del justificante de registro.
– Consulta del estado de su expediente en el apartado «Mis expedientes».
- Esta opción permite:
Si estás leyendo esta entrada de Blog por que deseas información acerca de como ser Guardia Civil, puedes llamarnos al 96 145 11 45, escribirnos un e-mail a info@academiamarin.es o visitar la página de “Ser Guardia Civil, requisitos y proceso paso a paso“. Además a lo mejor quieres saber las diferencias entre opositar para Policia Nacional o Guardia Civil.